Acuerdo con Cabrera: Más intereses para pagar

Mediante un acuerdo homologado judicialmente Independiente llegó a un acuerdo por la deuda que mantenía con Nicolás Cabrera.

El ex jugador de Independiente había demandado al club inicialmente por 2.7 millones de pesos que por incumplimiento se transformó en un acuerdo homologado en el 2019 a pagar en 10 cuotas de las cuales solo pagó una. El monto acordado en noviembre del 2019 era de 5.250.000 millones de pesos.

Por incumplimiento de ese acuerdo judicial homologado se fueron sumando los intereses y punitorios, por lo que ahora el club debe abonar un interés de $ 3.457.998 millones de pesos, siendo un total a pagar de 8.457.998 millones de pesos.

Pero ahora el club ya no tiene el beneficio de pagar en cuotas toda esa deuda, solo podrá hacerlo por pequeña parte de los últimos intereses: deberá pagar 7.500.000 de pesos en un solo pago y el saldo de $957.998 será pagado en cinco (5) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $191.599,60, completando el pago total.

Aquí te mostramos el acuerdo:

Sra. Vicepresidente:

Informo a V.S. que en el día de la fecha, a fin de tomar audiencia a través del sistema MS Teams, en los autos "CABRERA, NICOLAS C/CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE S/COBRO DE SALARIOS" , causa Nº 32374, comparecieron: por la actora, su letrados apoderados, Dres. JUAN BAUTISTA GAINZA y ALFONSINA PAMELA NAZARRE CARDOSO, de datos ya obrantes en autos y por la demandada CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE su mandatario Dr. JORGE LUIS RIVERO, cuyos datos asimismo obran en autos.-

Abierto el acto e invitadas las partes a encontrar la forma más ágil y eficaz de cancelar los créditos en ejecución, ambas partes acuerdan que la liquidación de capital e intereses a favor del actor asciende a la suma total de $8.457.998, de los cuales $5.250.000 corresponden a capital conciliado y $3.457.998 a intereses y solicitan su aprobación. Asimismo, aclaran que la suma de $250.000 que ya fué abonada y transferida al actor deben imputarse a intereses. Acto seguido, la demandada dá en pago la suma embargada de $7.500.000 obrante en la cuenta de autos y el saldo de $957.998 manifiesta será pagado en cinco (5) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $191.599,60, cada una de ellas, a efectivizarse el 20/11/2020, 20/12/2020, 01/02/2021, 22/02/2021 y 22/03/2021, respectivamente o día hábil subsiguiente. La parte actora acepta la forma y fecha de pagos propuestas y manifiesta que, una vez percibidas las sumas acordadas, nada más tendrá que reclamar por lo acordado en autos. Asimismo, las partes convienen que en caso de demora o incumplimiento de la cuotas pactadas, se producirá la mora automática y el decaimiento de los plazos pendientes y se aplicará la sanción prevista por el Art. 275 de la L.C.T.. Acto seguido, la demandada reconoce la suma de pesos $248.000 en concepto de honorarios por las labores desarrolladas en la ejecución del capital conciliado y de los honorarios de la representación letrada de la actora en su conjunto: $98.000 a favor del Dr. Gainza y $150.000 a favor de la Dra. Nazarre Cardoso, con más los aportes de ley a pagarse con los fondos embargados en la causa 32.374-1, los cuales dá en pago en este acto. A continuación, la parte actora solicita se transfiera la suma de $7.500.000 a la cuenta oportunamente denunciada por el actor y, una vez cumplida dicha transferencia, presta conformidad con el levantamiento del embargo trabado sobre los fondos que la demandada tenga para percibir de la SUPERLIGA PROFESIONAL DEL FUTBOL ARGENTINO A.C., peticionando la accionada se libre oficio a tal fin. Siendo todo cuanto puedo informar, elevo el presente.-

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