En una sentencia del juzgado 2 de Avellaneda, el agente y representante de Fernando Amorbieta embarga los derechos de televisión.
Según lo adelantado en noviembre, el representante embargó al club
El representante de Fernando Amorebieta, Federico Massai le reclama a #Independiente las sumas de 34416 EUROS + 5% y 70 mil dolares + 5% por el pase del jugador firmado en el 2017. Sobre "acuerdo de honorarios" de 250 mil dólares. Hay fallo del TAS pic.twitter.com/7uldZorp5u
— Ariel N. Vilachá (@arielvilacha) November 18, 2020
OFICIO LEY 22172
Avellaneda .......de Julio de 2021
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA
ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO
S / D.-
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: “Massai Fernando C/ Club Atletico Independiente S/ Cobro ejecutivo” (expte n° 84.625) a cargo de la Dra María Elisa Reghenzani, secretáría única a mi cargo a fin de solicitarle tenga a bien trabar embargo sobre las sumas de dinero presentes y futuras correspondientes a los derechos televisivos actuales de encuentros oficiales que correspondan al ejecutado en autos, depositándolas misma en la cuenta de autos, hasta cubrir los importes de Euros treinta y siete mil ciento setenta y ocho con 08/100, (E37.250.78), Dolares setenta y cinco mil con ciento setenta y ocho con 08/100 (U$S 75.178.08) y Franco Suizos Diecisiete mil ciento cuarenta y seis (CHF 17.146.-) en concepto de capital o el equivalente en pesos conforme la cotización en el mercado cambiario oficial al momento de la retención. Dichas sumas deberán depositarse en la cuenta de autos a nombre de la titular del Juzgado El auto que ordena la medida en su parte pertinente dice que.- Avellaneda 15 de Julio de 2021 ….....Atento lo manifestado por la parte actora a fs 50/51. bajo responsabilidad del peticionante, con previa caución juratoria que se entiende prestada con el pedido de la medida (art. 199 del C.P.C), trábese embargo sobre las sumas de dinero correspondiente a los derechos televisivos de encuentros oficiales que corresponden a la demandada en autos, CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE ordenando a la Asociación de Futbol Argentino y a la Liga Profesional de Fútbol o a la entidad que en el futuro la reemplace, debiendo retener la suma de dinero actuales y futuros, depositando las mismas en cuenta de autos, hasta cubrir los importes, de Euros treinta y siete mil doscientos cincuenta con setenta y ocho ( E 37.250.78), Dólares SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO con 08/100 (U$S75.178.08), Francos Suizos DIECISIETE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS FRANCO SUIZOS (CHF17.146) en concepto de capital o su equivalente en Pesos conforme la cotización en el mercado cambiario oficial al momento de la retención. a cuyo fin líbrese oficio (art. 209 del C.P.C). A fin de proceder a las aperturas de cuentas bancarias en forma electrónica, líbrese oficio al Banco de la Pcia. de Bs. As. Sucursal Avellaneda. Fdo. Maria Eliza Reghenzani. Juez”