AGENTE DE AMOREBIETA EMBARGA DERECHOS DE TV

En una sentencia del juzgado 2 de Avellaneda, el agente y representante de Fernando Amorbieta embarga los derechos de televisión.

Según lo adelantado en noviembre, el representante embargó al club

 

OFICIO LEY 22172

Avellaneda .......de Julio  de 2021

 

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA

ASOCIACION DEL FUTBOL ARGENTINO

S         /           D.-

 

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en los autos caratulados: “Massai Fernando C/ Club Atletico Independiente S/ Cobro ejecutivo” (expte n° 84.625) a cargo de la Dra María Elisa Reghenzani, secretáría única a mi cargo a fin de solicitarle tenga a bien trabar embargo sobre las sumas de dinero presentes y futuras correspondientes a los derechos televisivos actuales de encuentros oficiales que correspondan al ejecutado en autos, depositándolas misma en la cuenta de autos, hasta cubrir los importes de Euros treinta y siete mil ciento setenta y ocho con 08/100, (E37.250.78), Dolares setenta y cinco mil  con ciento setenta y ocho con 08/100 (U$S 75.178.08)   y Franco Suizos Diecisiete mil ciento cuarenta y seis (CHF 17.146.-) en concepto de capital o el equivalente en pesos conforme la cotización en el mercado cambiario oficial al momento de la retención. Dichas sumas deberán depositarse en la cuenta de autos a nombre de la titular del Juzgado  El auto que ordena la medida en su parte pertinente dice que.- Avellaneda 15 de Julio de 2021 ….....Atento lo manifestado por la parte actora a fs 50/51. bajo responsabilidad del peticionante, con previa caución juratoria que se entiende prestada con el pedido de la medida (art. 199 del C.P.C), trábese embargo sobre las sumas de dinero correspondiente a los derechos televisivos de encuentros oficiales que corresponden a la demandada en autos, CLUB ATLETICO INDEPENDIENTE ordenando a la Asociación de Futbol Argentino y a la Liga Profesional de Fútbol o a la entidad que en el futuro la reemplace, debiendo retener la suma de dinero actuales y futuros, depositando las mismas en cuenta de autos, hasta cubrir los importes, de Euros treinta y siete mil doscientos cincuenta con setenta y ocho ( E 37.250.78), Dólares SETENTA Y CINCO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO con 08/100 (U$S75.178.08), Francos Suizos  DIECISIETE MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS FRANCO SUIZOS   (CHF17.146) en concepto de capital o su equivalente en Pesos conforme la cotización en el mercado cambiario oficial al momento de la retención. a cuyo fin líbrese oficio (art. 209 del C.P.C). A fin de proceder a las aperturas de cuentas bancarias en forma electrónica, líbrese oficio al Banco de la Pcia. de Bs. As. Sucursal Avellaneda. Fdo. Maria Eliza Reghenzani. Juez”

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